Publicado el Mar, 03/24/2020 - 10:12

Acuerdo por el que se determinan las medida implementadas por el Municipio de Soledad de Graciano Sánchez, S. L. P., con motivo de la pandemia mundial por el Corona Virus COVID-19

ING. GILBERTO HERNANDEZ VILLAFUERTE, Presidente Municipal de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., en el ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 4, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 70 fracciones IV, VIII y XXIX de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí., y

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO. - Que el artículo 70 fracciones IV y VIII de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, en mi calidad de Presidente Municipal Constitucional de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., me confiere la facultad de vigilar que las dependencias administrativas municipales se integren y funcionen legalmente, atendiendo con eficiencia las actividades que les encomienda la propia Ley y el Reglamento Interno del mismo Municipio, emitiendo los acuerdos, actos y contratos necesarios para el despacho de los negocios administrativos.

SEGUNDO.– Que la Ley Orgánica y los reglamentos del Municipio, otorgan al suscrito como Presidente Municipal, la atribución de emitir acuerdos aplicables a las áreas de la administración municipal, considerando criterios de eficiencia en la prestación de los servicios públicos y el ejercicio de las funciones administrativas y gubernativas, encomendados al gobierno municipal.

TERCERO.- Que, conforme al Reglamento Interno de la Administración Pública de Soledad de Graciano Sánchez, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, las áreas, direcciones y departamentos administrativos municipales, están ubicadas dentro del organigrama de la Administración Pública Municipal.

CUARTO.- Que habiéndose realizado un análisis profundo, y atendiendo a la situación que atraviesa nuestro Estado ante el brote del CORONAVIRUS (COVID-19), y en cumplimiento al pronunciamiento de la Organización Mundial de la Salud, así como las recomendaciones de sana distancia emitidas por la Secretaria de Salud del Gobierno de México, se informa al personal jurídico, operativo, administrativo y de apoyo que labora en este Municipio, así como a los usuarios y publico en general, que haciendo prevalecer el derecho a la salud de las personas, y de acuerdo con el ámbito de competencia que en materia de control y demás facultades me confieren las disposiciones jurídicas aplicables, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LAS MEDIDAS IMPLEMENTADAS POR EL MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, S.L.P., CON MOTIVO DE LA PANDEMIA MUNDIAL POR EL CORONAVIRUS COVID-19

Artículo Primero.– A efecto de continuar con la correcta prestación de los servicios públicos a los habitantes del Municipio de Soledad de Graciano Sánchez, se continuara trabajando a puerta cerrada en las siguientes áreas de la Administración Pública Municipal sin ningún tipo de acceso al público, durante el periodo que comprende del 24 de marzo al 20 de abril del 2020.

Secretaria Técnica

Eventos Especiales

Dirección de Relaciones Publicas

Departamento de Informática

Dirección de Asuntos Jurídicos

Dirección de Junta de Mejoras, Cívicas y Materiales

Departamento de Respuesta Ciudadana

Departamento de Participación Ciudadana

Departamento de Promoción Ciudadana

Centro de Extensión San Francisco

Junta Municipal de Reclutamiento

Dirección de Cultura

Coordinación del Archivo

Unidad de Transparencia

Cronista Municipal

Coordinación de Bibliotecas Municipales

Departamento de Patrimonio Municipal

Departamento de Control Vehicular

Dirección de Infraestructura y Fortalecimiento Municipal

Dirección de Desarrollo Rural y Fomento Agropecuario

Instancia Municipal de la Mujer

Instituto Municipal de la Juventud

Instituto Municipal para los Adultos Mayores

Coordinación de Deportes

Enlace de Bienestar

Dirección de Educación y Acción Cívica

Dirección de Fomento Económico

Dirección de Turismo

Artículo Segundo.- Para garantizar la atención y prestación de los servicios públicos municipales, las y los titulares de las siguientes áreas administrativas, deberán implementar sus protocolos de continuidad de operaciones para la recepción y atención de trámites y casos urgentes.

Dirección de Comunicación Social

Dirección General de Seguridad Pública Municipal

Dirección de Protección Civil

Oficialías del Registro Civil

Oficina de Enlace con la Secretaria de Relaciones Exteriores

Oficialía de Partes

Dirección de Recursos Humanos

Departamento de Compras y Adquisiciones

Servicio Médico

Dirección de Ecología

Dirección de Servicios Municipales

Dirección de Desarrollo Urbano y Catastro

Dirección de Comercio

Artículo Tercero.– En congruencia con las recomendaciones emitidas por la Organización Mundial de la Salud, las organizaciones federales y locales en materia de salud, a partir del 24 de marzo del 2020, tendrán descanso obligatorio quienes se encuentren dentro de los siguientes supuestos:

Personas mayores de 60 años

Mujeres embarazadas y/o en etapa de lactancia

Personas que por su especial situación médica, requieran medidas especiales de cuidado. (tratamientos de cáncer, diabetes, presión alta, influenza)

Lo anterior a efecto de salvaguardar la integridad de los sectores vulnerables respecto a la patología del virus Covid-19.

Artículo Cuarto.– La Oficialía de Partes del Ayuntamiento permanecerá abierta de lunes a viernes en un horario de 8:30 a 14:30 horas, quien habrá de continuar recibiendo la correspondencia de las diversas áreas administrativas, procediendo a realizar de forma interna la distribución de la misma dentro de las oficinas municipales.

Artículo Quinto.– Los tramites de las Direcciones de Comercio, Catastro, Tesorería, Seguridad Pública, Protección Civil, Ecología y Servicios Municipales continuaran de manera normal, llevando a cabo las medidas de prevención internas que el Departamento determine según la demanda del servicio.

Articulo Sexto.- Todas las medidas anteriormente mencionadas, son de carácter temporal y podrán actualizarse, modificarse o suspenderse en razón de las determinaciones que informen las autoridades sanitarias, exhortando al personal y a la ciudadanía que continúen con las medidas establecidas por los servicios de salud.

 

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Primero. - El presente acuerdo entrará en vigor en el momento de su firma.

Segundo. - Publíquese en los Estrados Municipales, Página Oficial del Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P. y el Diario de Mayor Circulación en el Municipio.

Tercero. - Se instruye a la Oficialía Mayor para que coordine los cambios pertinentes en las áreas municipales y el personal para dar cumplimiento al presente acuerdo.

Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., a 23 de marzo del 2020.

ING. GILBERTO HERNANDEZ VILLAFUERTE

PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, S.L.P.